Fiscalidad de las criptomonedas en España (2026)
Fiscal · Criptomonedas

Fiscalidad de las criptomonedas en España: cómo tributan (y cómo no perderte)

Isaac Romà· 12 jun 2026· 8 min de lectura

La fiscalidad de las criptomonedas asusta más por el desorden que por los tipos: cientos de operaciones en varios exchanges, intercambios cripto-cripto que también tributan y un cruce de datos cada vez más fino por parte de Hacienda. Lo difícil no es el porcentaje, es reconstruir qué ganaste y cuándo.

Aquí tienes, a 2026, cómo tributan las criptomonedas para autónomos y empresas —IRPF, minería, IVA, modelo 721— y cómo automatizar con IA el cálculo de tus ganancias para llegar a la renta con los números hechos.

¿Cómo tributan las criptomonedas en España?

En corto

Hacienda trata las criptomonedas como elementos patrimoniales. Comprar y mantener (HODL) no tributa: las plusvalías latentes no pagan nada. Tributas cuando vendes o intercambias, y la ganancia o pérdida se calcula en euros, también en los intercambios de una cripto por otra.

Ganancias en el IRPF: cómo y cuánto

Para una persona física o un autónomo, las ganancias por vender o intercambiar criptomonedas son ganancias patrimoniales que van a la base del ahorro del IRPF, con estos tramos en 2026:

  • Hasta 6.000 €: 19%
  • De 6.000 a 50.000 €: 21%
  • De 50.000 a 200.000 €: 23%
  • De 200.000 a 300.000 €: 27%
  • Más de 300.000 €: 30%

Dos avisos clave. Uno: el intercambio cripto-cripto (de Bitcoin a Ethereum, por ejemplo) tributa aunque no pases por euros; hay que valorar la operación al cambio del momento. Dos: las pérdidas se declaran y compensan ganancias del mismo ejercicio, con reglas para arrastrar el saldo negativo a años siguientes. El staking, el lending o los airdrops tienen su propio tratamiento (rendimientos del capital mobiliario o ganancias, según el caso) y su encaje es discutido: conviene revisarlos uno a uno.

Empresas, minería y cobros en cripto

Empresas: las ganancias o pérdidas con criptomonedas van al Impuesto sobre Sociedades, al tipo general del 25% (con tipos reducidos para pequeñas y microempresas), reflejadas en contabilidad por su valor de mercado.

Minería: aquí estaba uno de los errores más comunes. La minería es actividad económica, así que no tributa como ganancia patrimonial, sino en la base general del IRPF (escala progresiva, del 19% al 47%), con alta en el censo de empresarios y en el RETA y obligaciones contables. Puedes deducir gastos (hardware, electricidad), y el tratamiento del IVA de la propia minería es controvertido: confírmalo con tu gestoría.

IVA: la compraventa de criptomonedas está exenta de IVA (jurisprudencia del TJUE), no repercutes IVA al venderlas. Distinto es cobrar o pagar en cripto por un bien o servicio: esa operación lleva su IVA normal y hay que facturarla en euros como cualquier otra.

El modelo 721 y el cruce de datos

Atención a este cambio: las criptomonedas en el extranjero ya no se declaran con el modelo 720, sino con el modelo 721. Si a 31 de diciembre tenías más de 50.000 € en plataformas o wallets fuera de España (Binance, Coinbase, etc.), debes presentarlo, con plazo hasta el 31 de marzo. Si ya lo presentaste otro año, solo hay que repetirlo si el valor ha subido más de 20.000 € respecto a la última declaración.

Y esconderlo es cada vez más difícil: con el reglamento MiCA y la directiva DAC8, los países de la UE intercambian automáticamente información sobre tus saldos, y los exchanges presentan modelos informativos (172/173) que Hacienda cruza con tu IRPF y tu 721. No declarar puede salir muy caro.

0
operaciones sin valorar en euros: el flujo las calcula solas
1 registro
todos los exchanges y wallets en un único sitio
24/7
avisos de plazos (renta, modelo 721) y del umbral de 50.000 €
↓ errores
menos fallos al consolidar miles de movimientos con IA

Estimaciones direccionales basadas en proyectos reales, no en estudios citados.

Una plantilla en Excel es el primer escalón: te obliga a registrar cada operación valorada en euros. El segundo escalón es que ese registro se alimente solo desde tus exchanges y calcule las ganancias sin que tú cuadres miles de líneas a mano.

Cómo automatizar el cálculo y la declaración con IA

No te voy a hacer la declaración —eso es de tu gestoría— pero sí puedo quitarte el infierno de reconstruir tus operaciones a mano y dejar los números listos. Lo monto sobre el software y los exchanges que ya usas, sin migraciones, en tres bloques:

01

Consolidar todas tus operaciones

Un flujo importa los CSV o las API de cada exchange y wallet y los unifica en un único registro, valorando cada movimiento en euros al cambio del momento.

02

Calcular ganancias y pérdidas

La IA cruza compras y ventas por el método correcto (FIFO), incluidos los intercambios cripto-cripto, y separa lo imponible de lo que no lo es. Sin hojas de cálculo infinitas.

03

Datos listos para tu gestoría y alertas

Te deja el resumen preparado para el IRPF o el Impuesto sobre Sociedades, te avisa si superas el umbral del 721 y te recuerda los plazos. Tu gestoría solo tiene que presentar.

Caso real

De cuadrar exchanges a mano cada abril a un resumen que se hace solo

Un inversor con operaciones en varios exchanges pasaba semanas antes de la renta intentando reconstruir compras, ventas e intercambios. Cada año, dudas sobre si lo había hecho bien y miedo al 721.

Montamos un flujo que consolida todos sus exchanges, valora cada operación en euros y calcula las ganancias por FIFO. Ahora llega a la renta con el resumen hecho y sabe al instante si supera el umbral del 721.

semanas → horas
de trabajo antes de la renta
1
registro con todos los exchanges
0
operaciones sin valorar

¿Operas con cripto y cada renta es un infierno de hojas de cálculo?

En 30 minutos miramos en qué exchanges operas y montamos cómo consolidar y calcular tus ganancias automáticamente, para llegar a la declaración con los números hechos. Primera conversación de 30 minutos sin coste y sin presentación de ventas.

Preguntas frecuentes sobre la fiscalidad de las criptomonedas

¿Cómo tributan las criptomonedas en España?

Como elementos patrimoniales. Comprar y mantener no tributa; al vender o intercambiar, la ganancia va a la base del ahorro del IRPF (tramos del 19% al 30% en 2026). Para empresas, al Impuesto sobre Sociedades.

¿Tributa cambiar una criptomoneda por otra?

Sí. El intercambio cripto-cripto es un hecho imponible aunque no pases por euros: hay que calcular la ganancia o pérdida valorando la operación al cambio del momento.

¿Tengo que declarar las criptomonedas que tengo en el extranjero?

Sí, con el modelo 721 (no el 720) si a 31 de diciembre superan los 50.000 € en plataformas o wallets fuera de España. Una vez presentado, solo se repite si el valor sube más de 20.000 €.

¿Cómo tributa la minería de criptomonedas?

Como actividad económica: en la base general del IRPF (no como ganancia patrimonial), con alta en el censo y en el RETA y posibilidad de deducir gastos. Su IVA es un punto controvertido que conviene confirmar.

Contenido informativo de fiscalidad. No constituye asesoramiento fiscal ni de inversión; la fiscalidad de los criptoactivos cambia, tiene matices según cada operación (staking, airdrops, minería) y depende de tu caso, confírmala con tu gestoría y las fuentes oficiales (AEAT) antes de declarar. Las cifras son estimaciones direccionales basadas en proyectos reales.

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