Facturar a otro autónomo tiene una particularidad respecto a facturar a un particular: como tu cliente también es profesional, está obligado a practicarte retención de IRPF. Así que la factura lleva IVA y retención, y hay que desglosarla bien. Te cuento qué datos debe incluir, cómo emitirla paso a paso, cómo registrarla y qué obligaciones digitales llegan en los próximos años.
Una factura de autónomo a autónomo es una factura B2B completa: datos fiscales de ambos, número, base imponible, IVA repercutido y retención de IRPF. El receptor ingresa esa retención por ti.
Qué debe llevar una factura entre autónomos
Para que sea válida, una factura completa debe incluir, como mínimo:
- Número de factura (correlativo, dentro de tu serie).
- Fecha de emisión (y de operación, si es distinta).
- Datos fiscales de ambas partes: nombre y apellidos, NIF y domicilio del emisor y del receptor.
- Descripción del producto o servicio.
- Base imponible: el importe antes de impuestos.
- Tipo y cuota de IVA (el % aplicado y el resultado).
- Tipo y cuota de retención de IRPF.
- Total a pagar.
La clave del B2B: IVA y retención de IRPF
Aquí está la diferencia con facturar a un particular. Al ser tu cliente un profesional, debes incluir la retención de IRPF (normalmente 15%, o 7% si eres nuevo autónomo): él no te paga esa parte, la ingresa directamente en Hacienda como adelanto de tu IRPF. El IVA, en cambio, se lo cobras tú y lo ingresas después. Ambos se calculan sobre la base imponible, nunca sobre el total.
| Tipo de factura | ¿Lleva IVA? | ¿Lleva retención IRPF? |
|---|---|---|
| Autónomo → autónomo / empresa (B2B) | Sí (si la actividad está sujeta) | Sí (la practica el receptor) |
| Autónomo → particular | Sí | No |
| Operación intracomunitaria / exportación | Normalmente exenta | No |
Cómo emitirla, paso a paso
Cabecera y datos
Asigna el siguiente número de tu serie, pon la fecha y completa los datos fiscales de ambos (nombre, NIF y domicilio). Describe bien el servicio o producto.
Impuestos sobre la base
Calcula el IVA (21% en la mayoría de servicios) y la retención de IRPF (15% o 7%) sobre la base imponible. Suma el IVA y resta la retención.
Numera, registra y conserva
Anota la factura en tu libro registro de facturas emitidas y guárdala. Tu cliente hará lo mismo con las recibidas; Hacienda cruza ambos datos.
Registro y conservación: no es opcional
Tanto el que emite como el que recibe deben llevar sus libros registro (facturas emitidas y recibidas) y conservar las facturas. A efectos fiscales, el plazo general de conservación es de 4 años (el Código de Comercio exige 6). Llevar este control ordenado no es solo cumplir: es lo que te permite preparar el IVA trimestral sin sustos.
Lo que viene: VeriFactu y factura electrónica B2B
Facturar en Word, un PDF suelto o una hoja de cálculo sin más tiene los días contados. Dos normativas distintas (no las confundas) están en marcha:
- VeriFactu regula cómo debe ser tu software de facturación (registros inalterables, trazables, con QR). Tras el aplazamiento del RD-ley 15/2025, será obligatorio el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos.
- Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) obligará a emitir y recibir las facturas entre empresas y autónomos en formato electrónico estructurado. El marco ya está fijado por el Real Decreto 238/2026, pero la obligación será escalonada (previsiblemente desde 2027 para las grandes empresas y más adelante para pymes y autónomos) y el calendario definitivo depende de una Orden ministerial aún pendiente de publicarse en el BOE.
La lectura práctica: 2026 es el año para ordenar tu facturación y pasar a un sistema que vaya a cumplir, sin prisas de última hora.
Sigue leyendo VeriFactu explicado: qué es, a quién obliga y cómo prepararte →Automatiza la emisión y el registro
Hacer una factura suelta es fácil. El problema aparece con el volumen: numeración correlativa sin huecos, retenciones bien calculadas por cliente, libros registro al día y, ahora, software que cumpla VeriFactu. Hacerlo a mano multiplica el riesgo de error justo cuando Hacienda cruza más datos que nunca.
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Preguntas frecuentes
¿Una factura entre autónomos lleva IVA e IRPF?
Sí. Lleva IVA siempre que tu actividad esté sujeta, y retención de IRPF porque el receptor es un profesional obligado a retener. Por eso es una factura con ambos conceptos.
¿Qué datos son obligatorios?
Número de factura, fecha, datos fiscales de emisor y receptor (nombre, NIF y domicilio), descripción, base imponible, tipo y cuota de IVA, retención de IRPF y total.
¿Puedo seguir facturando en Excel o PDF?
De momento sí, pero llegan VeriFactu (obligatorio en 2027) y la factura electrónica B2B (escalonada según la futura Orden ministerial). Conviene ir migrando a un sistema que vaya a cumplir.
¿Cuánto tiempo debo guardar las facturas?
A efectos fiscales, el plazo general es de 4 años; el Código de Comercio exige conservarlas 6. Emisor y receptor deben además llevar sus libros registro.