Despido disciplinario: qué es, causas y audiencia previa
Laboral · RRHH

¿Qué es un despido disciplinario?

Isaac Romà · 29 de junio de 2026 · 8 min de lectura

El despido disciplinario es la medida más severa que puede tomar una empresa: extinguir el contrato sin indemnización por un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Por eso la ley lo rodea de requisitos estrictos. Y desde finales de 2024 hay uno nuevo que muchas empresas todavía no aplican y que está volviendo improcedentes muchos despidos.

Despido disciplinario: procedimiento y requisitos
El despido disciplinario exige causa tipificada, notificación por escrito y, desde 2024, audiencia previa.
Qué es La extinción del contrato por decisión del empresario basada en un incumplimiento grave y culpable del trabajador, tipificado en la ley o el convenio colectivo. No genera derecho a indemnización si se declara procedente.

Causas tipificadas

El art. 54.2 del Estatuto de los Trabajadores enumera las causas; el convenio colectivo puede concretarlas. Las principales:

  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
  • Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  • Ofensas verbales o físicas al empresario o a compañeros.
  • Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza.
  • Disminución voluntaria y continuada del rendimiento.
  • Embriaguez habitual o toxicomanía que repercuta en el trabajo.
  • Acoso (laboral, sexual o por razón de origen, religión, discapacidad, orientación sexual, etc.).

La clave es la gravedad: el hecho debe ser muy grave o resultar de la reincidencia, valorado en su conjunto según la jurisprudencia.

Novedad 2024: audiencia previa obligatoria

Este es el cambio que reescribe el procedimiento. La sentencia del Tribunal Supremo 1250/2024, de 18 de noviembre de 2024, aplicó de forma directa el art. 7 del Convenio 158 de la OIT y estableció que, antes de comunicar el despido disciplinario, la empresa debe dar al trabajador la oportunidad de defenderse de los hechos que se le imputan.

Se aplica a todos los empleadores, con independencia del tamaño, para despidos posteriores al 18/11/2024. No hay un plazo legal tasado para esa audiencia, pero los tribunales ya han avisado de que conceder solo 24 horas puede no bastar: la orientación prudente es de unos días para que la defensa sea real y no una mera formalidad. Omitir este trámite empuja el despido hacia la improcedencia.

Antes vs. ahora Hasta 2024 la audiencia previa solo era exigible para representantes de los trabajadores, afiliados sindicales o cuando lo imponía el convenio. Desde la STS 1250/2024 se exige para todo despido disciplinario.

Procedimiento, plazos y calificación

La notificación debe ser por escrito, con los hechos y la fecha de efectos (art. 55.1 ET). Si el trabajador es representante sindical o del comité, procede expediente contradictorio; si está afiliado, audiencia previa a los delegados sindicales. El trabajador tiene 20 días hábiles para impugnar.

CalificaciónCuándo
ProcedenteSe acredita la gravedad de los hechos imputados
ImprocedenteNo se prueban los hechos o se incumplen requisitos (incluida ahora la audiencia previa)
NuloVulnera derechos fundamentales o afecta a trabajadores protegidos (embarazo, conciliación, etc.)

Tras la Ley 15/2022, también es nulo el despido de un trabajador en incapacidad temporal si no hay un motivo adicional que lo justifique, al considerarse la enfermedad un factor de discriminación.

Contenido informativo; no constituye asesoramiento jurídico ni laboral. Cada despido disciplinario depende de los hechos, el convenio aplicable y la jurisprudencia vigente. Consulta con un laboralista antes de actuar.

Dónde falla el despido disciplinario: la documentación

La mayoría de despidos disciplinarios se declaran improcedentes no porque el trabajador no incumpliera, sino porque la empresa no pudo probarlo ni acreditó bien el procedimiento. Con la audiencia previa obligatoria, el rastro documental pesa más que nunca. Y eso es justo lo que se puede sistematizar.

01

Registro objetivo de incidencias

Ausencias, retrasos y faltas quedan registrados automáticamente desde el control horario. Cuando hay que acreditar reincidencia, existen datos, no impresiones.

02

Carta y audiencia previa asistidas por IA

Un flujo en n8n genera el borrador de la convocatoria de audiencia previa y de la carta de despido a partir de los hechos registrados, listos para revisión del laboralista. Se reduce el riesgo de defectos de forma.

03

Trazabilidad de plazos

El sistema controla los días de la audiencia previa y el plazo de impugnación, con avisos. Nadie ejecuta un despido sin haber cumplido los pasos.

100%
incidencias con registro objetivo
0
audiencias previas olvidadas
−70%
tiempo en preparar el expediente
4 sem
de implementación

Estimaciones direccionales basadas en proyectos reales, no en estudios citados.

Caso real

Una empresa de servicios encadenaba despidos disciplinarios declarados improcedentes por falta de prueba y, tras 2024, por omitir la audiencia previa. Montamos un registro objetivo de incidencias conectado al control horario y un flujo que genera la convocatoria de audiencia y la carta. Los expedientes pasaron a estar completos y trazados.

0
improcedencias por defecto de forma
−70%
tiempo de preparación
4 sem
de implementación

En definitiva, un despido disciplinario bien hecho hoy depende tanto del fondo (la gravedad) como de la forma (audiencia previa y prueba documentada), y la forma es lo que mejor se puede automatizar.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es un despido disciplinario exactamente?

La extinción del contrato por un incumplimiento grave y culpable del trabajador, tipificado en la ley o el convenio. Si se declara procedente, no genera indemnización.

¿Es obligatoria la audiencia previa al trabajador?

Sí, desde la STS 1250/2024 (18/11/2024), para todos los despidos disciplinarios posteriores a esa fecha. Omitirla suele llevar a la improcedencia.

¿Cuánto tiempo hay para impugnar?

20 días hábiles desde el despido. Pasado el plazo, el despido se considera consentido.

¿Se puede automatizar la gestión del despido disciplinario?

La parte documental sí: registro de incidencias, borradores de audiencia y carta, y control de plazos con n8n e IA, sin migrar de software.

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