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Si eres arquitecto o ingeniero, esto es lo que quiere Hacienda si quieres impartir formación

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Si eres arquitecto o ingeniero, esto es lo que quiere Hacienda si quieres impartir formación

Si eres arquitecto o ingeniero y deseas impartir formación en tu área de especialización, es fundamental que comprendas lo que Hacienda espera de ti en términos fiscales y legales. Impartir formación puede ser una excelente fuente adicional de ingresos y, si eres un autónomo, este tipo de actividad puede estar sujeta a distintos requerimientos en materia de IVA e IRPF, entre otros aspectos. Vamos a profundizar en estos requisitos y en cómo puedes cumplir con ellos de forma correcta para evitar problemas fiscales.

Clasificación de la actividad: Formación no exenta de IVA

Es importante que, antes de comenzar, determines si la formación que ofreces está sujeta o no a IVA. Hacienda distingue entre varios tipos de formación:

  1. Formación reglada: Esta suele estar exenta de IVA, siempre que esté impartida por centros autorizados o en colaboración con organismos reconocidos por la Administración.
  2. Formación no reglada: Este tipo de formación, que puede incluir cursos especializados para otros autónomos o empresas, normalmente está sujeta a IVA. Si como autónomo impartes formación no reglada, tendrás que aplicar un IVA del 21% en tus facturas.

En este contexto, si eres un arquitecto o ingeniero y decides impartir formación en áreas relacionadas con tu campo profesional, probablemente estarás en la categoría de formación no reglada, y deberás incluir el IVA correspondiente en tus facturas.

Inscripción en el régimen de autónomos

Como autónomo, si decides diversificar tu actividad e impartir formación, debes asegurarte de que esta actividad esté registrada en tu epígrafe de IAE (Impuesto de Actividades Económicas). Los epígrafes varían según la actividad que desempeñes. En este caso, podrías necesitar añadir un epígrafe relacionado con la formación si ya estás dado de alta en el IAE como arquitecto o ingeniero.

Los autónomos que ofrecen formación deben asegurarse de cumplir con los trámites burocráticos necesarios para declarar esta actividad adicional y evitar sanciones de Hacienda.

Facturación y retenciones

Cuando impartes formación como autónomo, debes emitir facturas. En estas facturas, deberás incluir:

  1. Base imponible: El importe neto del servicio prestado.
  2. IVA: Aplicar el 21% de IVA si la formación no está exenta.
  3. IRPF: Generalmente, los autónomos que imparten formación deberán aplicar una retención del 15% de IRPF en las facturas, aunque si es tu primer año como autónomo, podrías tener derecho a aplicar una retención reducida del 7% durante los tres primeros años.

Es fundamental que la facturación sea correcta, y aquí es donde nuestra asesoría online con IA puede ayudarte a evitar errores y a gestionar todos los aspectos fiscales con facilidad.

Declaraciones trimestrales y anuales

Como autónomo, estás obligado a presentar las declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) y IRPF (modelo 130) si no estás sometido a retenciones. En el caso de la formación, la mayoría de los pagos tendrán retenciones, por lo que podrías no tener que presentar el modelo 130. Sin embargo, siempre es recomendable estar bien informado y presentar los modelos que correspondan.

Además, no debes olvidar la declaración anual de IRPF (modelo 100) y la declaración resumen de IVA (modelo 390). Si tienes dudas sobre cómo presentar estos modelos o sobre la correcta imputación de los ingresos por formación, te recomendamos recurrir a nuestra asesoría online con IA para optimizar la gestión de tus impuestos.

Deducciones y gastos

Si eres arquitecto o ingeniero y decides impartir formación, debes conocer qué gastos puedes deducir como autónomo. Algunos gastos deducibles comunes en actividades de formación incluyen:

  1. Materiales formativos: Si compras libros, software, o cualquier material necesario para impartir las clases, podrás deducir estos gastos.
  2. Gastos de desplazamiento: Si te desplazas a centros de formación o a reuniones con clientes, estos gastos pueden ser deducidos.
  3. Gastos en publicidad: Si promocionas tus cursos a través de medios de pago, como publicidad en redes sociales, también puedes deducir estos costes.

A través de nuestra asesoría online con IA, podemos ayudarte a identificar qué gastos puedes deducir y cómo hacerlo correctamente.

Servicios de nuestra asesoría online con IA

Con nuestra asesoría online con IA, podrás gestionar todos los aspectos relacionados con tu actividad como formador y asegurarte de cumplir con las obligaciones fiscales que impone Hacienda para autónomos. Ofrecemos un servicio completo, que incluye:

  1. Alta de actividad: Te asesoramos sobre el epígrafe adecuado y el proceso de alta para que puedas empezar a impartir formación sin problemas.
  2. Gestión de facturas y retenciones: Te ayudamos a emitir facturas correctas y aplicar las retenciones e impuestos que correspondan.
  3. Declaraciones trimestrales: Nos encargamos de que presentes todas tus declaraciones trimestrales y anuales, de manera sencilla y rápida.
  4. Deducciones personalizadas: Identificamos los gastos deducibles en tu actividad de formación para maximizar tu rentabilidad.
  5. Resolución de dudas en tiempo real: Gracias a nuestra IA, recibirás respuestas inmediatas a todas tus dudas fiscales y contables.

Al optar por nuestra asesoría online con IA, te aseguras de estar siempre al día con las obligaciones fiscales, y evitas sanciones por errores en las declaraciones o facturas.

Conclusión

Si eres arquitecto o ingeniero y quieres impartir formación, es fundamental cumplir con las obligaciones fiscales impuestas por Hacienda. El régimen de autónomos te permite realizar esta actividad, siempre que sigas los pasos necesarios para cumplir con las normativas de IVA, IRPF y facturación. Aprovecha los servicios de nuestra asesoría online con IA para gestionar de manera eficiente todas tus obligaciones fiscales, desde el alta en el IAE hasta la presentación de declaraciones trimestrales y anuales.

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